El derecho de las mujeres a disfrutar de salud integral a lo largo de todo su ciclo vital, es un derecho humano universal consagrado por el Sistema Universal de Protección de los Derechos Humanos (SUDH), conjunto de normas sustantivas y procesales, pertenecientes a la Organización de las Naciones Unidas (ONU). Este derecho, tan fundamental y básico como la educación, el desarrollo, el trabajo y la participación política, entre otros; contempla los denominados Derechos en Salud Sexual y Reproductiva, que le permiten a la mujer acceder a servicios como el control prenatal, la anticoncepción y, en casos específicos y de acuerdo a lo permitido por las leyes panameñas, a servicios de aborto seguro y legal.
La salud sexual y reproductiva no es un hecho meramente biológico, sino que responde más también a factores biopsicosociales, y depende del lugar que las mujeres ocupan en la sociedad (determinantes sociales de la salud), de su capacidad de acceder a los recursos materiales y simbólicos para vivir una vida digna, con igualdad de oportunidades, exenta de violencias; una vida en la cual la sexualidad y la reproducción se ejerzan desde la autonomía y la libertad de opciones.
“Como agrupación médico-científica – entre otras aspectos- dirigimos nuestros esfuerzos principalmente a la prevención de morbilidad y mortalidad materna, una situación que puede estar influenciada precisamente por el adecuado o limitado acceso a esos derechos sexuales y reproductivos”, expresa la ginecóloga obstetra Ruth De León, ex presidente de la Sociedad Panameña de Obstetricia y Ginecología (SPOG) y Punto Focal del Safe Abortion Advocacy Project (SAAP).
Las muertes a causa de complicaciones asociadas al proceso de gestación eran y continúan siendo uno de los indicadores más dramáticos de la inequidad en salud, en tanto que afectan abrumadoramente a las mujeres más pobres del país, para quienes ser madres a menudo es un riesgo de vida.
De León señala que durante la pandemia por Covid-19, en Panamá, si bien el acceso a los derechos sexuales y reproductivos no estuvieron limitados directamente por las autoridades, las medidas impuestas por esas para reducir los contagios, si los afectaron. Movilidad por género, cuarentena total, traslados de servicios de control y consulta a otras instituciones o instalaciones públicas, cierre temporales de servicios de atención privados, desabastecimiento o afectaciones en la cadena de suministro, así como el miedo al contagio; impactaron en el acceso de las mujeres panameñas a servicios de control prenatal y anticoncepción, entre otros.
“Es posible que algunas mujeres embarazadas no cumplieran con todos los controles prenatales que se recomiendan, lo que aumenta el riesgo de no detectar a tiempo alguna anomalía o situación que pueda prevenirse con tratamiento o que pueda ser un factor que ponga en riesgo su vida. Asimismo, algunas no habrán podido acceder a métodos de anticoncepción regular o de emergencia como hubieran querido o necesitado e, incluso, a servicios legales de aborto seguro, por no haberse realizado las evaluaciones previas y necesarias para acceder a estos últimos, como lo estipula la ley”, explica De León.
“Aunque no tenemos cifras, es difícil no pensar que la pandemia trajo consigo un aumento en el número embarazos no planificados. La cifra es difícil de predecir; sin embargo, se puede estimar que supere las estadísticas de la Contraloría General de la República de los últimos 10 años, que reflejan que aproximadamente el 20% de los embarazos del país son no planificados”, agrega.
Después de 10 meses de pandemia, la especialista asegura que en la actualidad todos los centros de atención de salud femenina del país– tanto privados como públicos- están abiertos y ofrecen servicios con todas las medidas de bioseguridad necesarias para atender a la mujer panameña sin riesgo de contagio para ella y para los profesionales de la salud. Asimismo, asegura que los procesos para acceder a un aborto seguro, según lo estipulado en las leyes panameñas, no se han visto afectados.
Violencia sexual
No obstante, De León destaca que en esta coyuntura ven con preocupación los posibles riesgos para la mujer, ya que aunque los servicios estén abiertos, las medidas de restricción vigentes (toque de queda de 7:00pm a 5:00am de lunes a viernes y cuarentena total de viernes 7:00pm a lunes 5:00a.m) pudieran ser un factor detonante de la violencia de género, doméstica y sexual, que también trae consigo embarazos no planificados, así como posibles abortos inducidos, que al realizarse en entornos y condiciones inseguras y por sus complicaciones, podrían ocasionar la muerte de la madre.
Cifras del Ministerio Público (MP) parecen confirmar esta hipótesis. Las mismas reflejan que en el primer semestre de 2020, de enero a junio, esta institución recibió 2,247 denuncias por los delitos de supuesta violación y otros delitos sexuales. El 53% de los casos; es decir 1,202 denuncias, se reportaron entre los meses de marzo y junio, cuando Panamá mantuvo una estricta cuarentena como medida para detener la propagación de la Covid-19. Cifra que representa el doble de lo registrado en los meses de enero y febrero, cuando se reportaron 564 y 481 casos, respectivamente.
Los delitos por violación fueron los más denunciados durante ese periodo, seguidos de acceso sexual con una persona mayor de 14 años y menor de 18 años, con 879 denuncias y 865, respectivamente.
El escenario de violencia de género se refleja también en el aumento de los feminicidios. Entre enero y julio de 2020, según reporta el Ministerio Público, en Panamá ocurrieron 23 feminicidios, lo que representa un aumento de 64% en comparación con 2019, cuando para el mismo periodo se reportaron 14 feminicidios. La mayoría de las víctimas de feminicidio del primer semestre del año 2020 tenían entre 18 y 24 de edad (5 casos) y entre 25 y 29 años de edad (2 casos).
Acciones preventivas en tiempos de Covid-19
Los derechos en salud sexual y reproductiva no sólo incluyen la prestación de servicios y acceso a recursos, sino la orientación y actuación oportuna para la prevención, tanto por parte del profesional de salud como de la misma mujer.
Por el lado médico, la Dra. De León señala que desde la SPOG se promueve y exhorta a las mujeres a utilizar métodos anticonceptivos de larga duración para una mejor planificación familiar, lo que en este momento representa una buena alternativa, dada la pandemia y su impacto.
Asegura, además, que toda mujer adolescente o y gran multípara, que haya tenido un evento de aborto incompleto, es dada de alta de las instalaciones de salud con un método anticonceptivo de larga duración colocado, de modo de prevenir cualquier nuevo evento que pueda poner en riesgo su vida.
La SPOG también lleva a cabo comunicaciones y actividades docentes sobre anticoncepción (incluyendo de emergencia) y acceso a aborto seguro, como acciones para reducir mortalidad materna.
“La pandemia no debe afectar el acceso a Derechos en Salud Sexual y Reproductiva de la mujer panameña. Por ello, debemos hacer todo lo posible para ofrecer a la mujer la información necesaria para hacer valer esos derechos, así como la atención que necesita o desea, en el momento que lo precise, sin distinción alguna”, enfatiza.
“Velar por la salud integral, los derechos sexuales y reproductivos de mujeres y niñas es priorizar en aciones que aseguren el acceso y mejoren la calidad de la atención, el acceso a los servicios de salud sexual y reproductiva para adolescentes, reducir el grave impacto del aborto inseguro; para covertir la temática de la mortalidad materna en una demanda de justicia social, hasta erradicarla”, añade.
SAAP y el aborto seguro en Panamá
El aborto es ilegal en Panamá. El Código Penal de la República de Panamá, tipifica el aborto provocado como un delito en los artículos que van desde el 141 al 143, con pena de hasta ocho años de prisión; no obstante existen situaciones en las que no es considerado un delito.
El artículo 144, señala que “no se aplicarán las penas señaladas en los artículos anteriores, si el aborto es realizado, con el consentimiento de la mujer, para provocar la destrucción del producto de la concepción ocurrida como consecuencia de violación camal, debidamente acreditada en instrucción sumarial; si el aborto es realizado, con el consentimiento de la mujer, por graves causas de salud que pongan en peligro la vida de la madre o del producto de la concepción”.
En el primer caso (por violación), según la norma legal, se necesita que el delito esté en conocimiento de la autoridad competente y que el aborto se practique dentro de los dos primeros meses de embarazo (8 semanas); mientras en el segundo caso será una comisión multidisciplinaria designada por el Minsa la que determinará las causas graves de salud y autorizará el aborto. En ambos casos lo debe practicar un médico idóneo en un centro de salud estatal.
“Desde hace más de 70 años, la SPOG tiene el compromiso de incidir tanto en la sociedad en general como en los tomadores de decisión, para sensibilizarlos y exhortarlos a reconocer y proteger la salud de las mujeres como un derecho. Asimismo, en estos procesos las mujeres se fortalecen en su liderazgo y empoderamiento para la toma de decisiones personales, así como en su capacidad de incidencia”, expresa De León.
Desde abril de 2019, la Sociedad Panameña de Obstetricia y Ginecología (SPOG), con el apoyo de la Federación Internacional de Ginecología y Obstetricia (FIGO), el Ministerio de Salud (Minsa) y la Caja de Seguro Social (CSS); puso en marcha el Safe Abortion Advocacy Project (SAAP), una iniciativa comunicacional/educativa que busca dar a conocer los riesgos del aborto inseguro para la vida de la mujer, así como las causales que permitirían el acceso a los servicios legales de aborto en Panamá y en consecuencia, al aborto seguro.
“Incluso durante la pandemia, continuaremos nuestro andar con énfasis en la salud integral de las mujeres, impulsando en este marco la plena vigencia de los derechos sexuales y derechos reproductivos como derechos humanos, en tanto avanzan en la conceptualización del espacio corporal como un territorio de autonomía y libertad de opciones”, precisa la Dra. Ruth De León.
Por Patricia Figuera Ochoa – Oficial de Comunicaciones SPOG Panamá